3 de octubre de 2017

Y, ahora, ¿qué? + Discurso del Rey

El ciudadano Tomás Alfaro Drake oye continuamente comentarios del estilo de: “¡El gobierno (o Mariano Rajoy) no tiene cojones para meter en la cárcel a Puigdemont, Junqueras y demás caterva! ¡Son pusilánimes o cobardes o, peor aún, traidores”. Otra variante, haciendo también referencia a los órganos sexuales, se refiere a la implantación del artículo 155 de la Constitución para suspender de una vez por todas la autonomía catalana. Algunas de estas medidas se las pide el cuerpo también a él. Pero, inmediatamente, el ciudadano Tomás Alfaro Drake, a pesar de no ser jurista, se plantea algunas cuestiones. Mira la Constitución y algún que otro artículo del código penal y pregunta, un poco de pasada, a algún jurista. Y con esto, dejando los cojones a un lado, se hace algunas sencillas reflexiones. Por supuesto, no son reflexiones desde la equidistancia. El ciudadano Tomás Alfaro Drake sabe que hay una Ley, que hay que cumplir. No le cabe la menor duda de quienes son los culpables, al 100%, de la situación a la que se ha llegado y le parece que el uso de la fuerza está plenamente justificado para hacer cumplir esa Ley. Pero se plantea algunas cosas sobre el Estado de Derecho, que intenta compartir con la mayor cantidad de gente posible.

El Estado de Derecho tiene innumerables cosas buenas. Muy, muy buenas. Sin él la convivencia sería imposible y viviríamos sometidos a la ley del más fuerte. Pero tiene también algunos inconvenientes. Nicolás Maduro, o Kim Jong Un pueden mandar a la cárcel en menos que canta un gallo y sin juicio a quien se les antoje. Pero esto no es así, afortunadamente, en un Estado de Derecho. Ningún gobierno puede mandar a nadie a la cárcel. Existe un principio que se llama la separación de poderes. Y, según este principio, sólo un juez, previa acusación del ministerio fiscal y juicio, puede mandar a alguien a la cárcel. Cierto que el juez, pero sólo el juez, puede, si cree que hay una seria posibilidad de fuga o de destrucción de pruebas, encarcelar preventivamente a alguien con anterioridad a ser juzgado. Y aunque al ciudadano Tomás Alfaro Drake el cuerpo le pida que se meta en la cárcel a toda esta gentuza YA, se siente contento de que las actuaciones que permitirían meter a esa chusma directamente en la cárcel no quepan en un Estado de Derecho. Porque un día, si no hubiese esas garantías, esa facilidad de encarcelar a la gente se podría volver contra él. Así que el ciudadano Tomás Alfaro Drake echa una ojeada al código penal, más concretamente al título XXI de la Ley Orgánica 10/1995 que está vigente en estos momentos en el Código Penal. Este título habla de los Delitos contra la Constitución y en su Capítulo I, Artículo 472 lee:

Artículo 472. Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:

1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o a la Reina, al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad.
3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.
7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno.

Y, a la vista de esto, barrunta que sólo el punto 5º de los anteriores sería un delito de rebelión contra la Constitución cometido por los dirigentes catalanes. Y lo será el día que Puigdemont haga una declaración unilateral de independencia, que el ciudadano Tomás Alfaro Drake apuesta que será el 6 de Octubre por razones históricas.

Por supuesto, sabe que hay otros delitos como malversación de fondos, prevaricación, desobediencia y sedición por los que se puede procesar, si el ministerio fiscal insta a ello, a esa caterva de individuos y también sabe que ya hay denuncias al respecto que tendrán que ser vistas por la justicia. Pero al ciudadano Tomás Alfaro Drake se le antoja que el Fiscal General del Estado debe estar casi absolutamente seguro de que el juez considerará imputados a los que se haya denunciado. Porque sospecha que si se les presentasen cargos por estos delitos el Fiscal General del Estado podría encontrarse, al cabo de un tiempo, con que no resultasen imputados. Y eso sería un gravísima cagada que, ante todo, haría un daño inmenso al proceso de abortar “el procés”. Así que piensa que habrá que esperar a ver si es verdad que el día 6 de Octubre Puigdemont declara la independencia para pedir su procesamiento inmediato con prisión preventiva, puesto que es evidente el riesgo de fuga o destrucción de pruebas.

También, el ciudadano Tomás Alfaro Drake piensa en el artículo 155. Lo ha visto en la pantalla de la televisión en flashes informativos pero reconoce que hasta el otro día no lo había leído. Ha subsanado ese error y el artículo dice:

1.   Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2.   Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

Informándose del alcance de esto, se entera de que este artículo de la Constitución, tan claro y que no cabe duda de que sería aplicable a comunidad autónoma catalana y que se podría invocar con la mayoría absoluta del Senado que tiene el PP, no está desarrollado en ninguna ley orgánica. Y se le viene a la cabeza algo similar de cuando el Rey, ahora emérito, Juan Carlos I, abdicó. Fue necesario votar una ley orgánica para desarrollar esa abdicación, por muy prevista que estuviese en la Constitución. Ley orgánica que tuvo que ser aprobada por el Congreso. Y si algo así ocurriese hoy, el PP ni tiene una mayoría absoluta ni la podría alcanzar con Ciudadanos que parece estar también de acuerdo en invocar el famoso 155. Porque el PSOE, la caña quebrada que se clavará en la mano de quien se apoye en ella, ni está ni se le espera. Y, además, una vez invocado el 155, el ciudadano Tomás Alfaro Drake se pregunta cómo se podrán “adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general” o cómo se podrá proceder a la “ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior” y si para estas cosas será necesaria la aprobación del Congreso. Y le parece que sí, que sería necesaria. Y cree que sería poco menos que imposible conseguir semejante aprobación. Y medita también, el ciudadano Tomás Alfaro Drake, si la invocación del 155 que está dispuesto a apoyar Ciudadanos es lo que realmente debería hacerse con ese artículo en vigor. Porque cree haber oído a Albert Rivera que lo que quiere hacer con ese artículo es disolver el parlamento catalán y convocar nuevas elecciones para, a continuación, reestablecer el parlamento. Y se pregunta –el ciudadano Tomás Alfaro Drake es un coñazo– qué pasaría en el plausible escenario de que estas nuevas elecciones las volviese a ganar la coalición JxSí, más hermanada aún con la CUP. Y no le gusta la situación en la que se encontraría el proceso de abortar el “procés” si se diese esa eventualidad. Y, además, se pregunta si para ese viaje merecen la pena esas alforjas. Porque al coñazo del ciudadano Tomás Alfaro Drake le parece que si se invoca el 155 debería ser para que el Estado recuperase la competencia de educación durante los años suficientes para revertir la terrible manipulación ideológica de los últimos cuarenta. Pero como sabe que la política es el arte de lo posible, cree que semejante cosa es inasequible.

Como consecuencia de todas estas reflexiones, el ciudadano Tomás Alfaro Drake, cree que es mejor que un gallego llamado Mariano Rajoy maneje la situación, con la frialdad y el aplomo típicos de este pueblo, que que se haga lo que exige la impaciencia y los cojones de los ciudadanos que gobiernan desde el sillón de su casa. Tampoco es que el ciudadano Tomás Alfaro Drake tenga mucha fe en que este problema tenga solución. Sabe que hay problemas que no la tienen y cree que este es uno de ellos. Opina que una mezcla de irracionalidad, manipulación, falta de visión de Estado de algunos partidos (¿es acaso el PSOE?), mala voluntad y populismo radical de un partido como Podemos, sus sucursales y la CUP, buenismo galopante aquende y allende nuestras fronteras y un largo etc. de males que aquejan a nuestra enferma sociedad occidental impiden, o al menos dificultan enormemente, que haya solución. No obstante, está convencido de que si hay una mínima probabilidad de que la tenga, esta viene del uso frío y cerebral de las leyes del Estado de Derecho, aunque a muchos, y a él también, se le rompan las costuras por la rabia y la impaciencia. Porque no se puede defender el Estado de Derecho sin respetar escrupulosamente sus normas. Y si alguien, en su impaciencia, prefiere las prisas a tener la paciencia de adaptarse a los ritmos del Estado de Derecho, creo que está en un grave error.

Comprendo que a alguien se impaciente con todas estas preguntas que se hace el ciudadano Tomás Alfaro Drake, pero, qué le vamos a hacer, para gobernar hay que hacerse esas preguntas y, a buen seguro, muchas otras más que él ni siquiera barrunta y que a muchos ciudadanos les exasperan. Pues tendrán que aprender que la paciencia es la virtud de los fuertes. Y no lo dice por él, el ciudadano Tomás Alfaro Drake, sino por los que gobiernan España y en particular por el gallego Rajoy que creo que tiene siempre puesta una prenda que se llama la gabardina de los escupitajos y que con ella puesta, hace lo que fríamente cree que es mejor, debidamente asesorado por un ejército de abogados del Estado y sin dejarse achuchar por el qué pensarán de él. Al menos el ciudadano Tomás Alfaro Drake le apoya, Presidente Rajoy. Sin embargo, cree que tiene que darle un suspenso en la asignatura de didáctica al pueblo español de lo que es y significa el Estado de Derecho y cuáles son sus lentos, pero eficaces caminos.

P.D. He escrito las líneas anteriores antes de oír el discurso del Rey de ayer por la noche. Tengo que decir que me ha parecido magnífico. Es muy difícil resumir todo lo que se ha dicho en tan solo siete minutos. Ha empezado con una dureza inusitada hacia las autoridades de Cataluña sin dejar lugar a la más mínima duda de que ellas son las únicas culpables de la situación. Especialmente dura es la frase en la que dice que estas autoridades han actuado demostrando una deslealtad inadmisible hacia los poderes del Estado”, para acabar diciendo que “esas autoridades, de una manera clara y rotunda, se han situado totalmente al margen del derecho y de la democracia”. Creo que con estas contundentes frases se señala a la conveniencia de aplicar la ley con toda su dureza ante la posible declaración unilateral de independencia o ante otros delitos que puedan haber cometido ya, lo que me parece un respaldo magnífico al Fiscal General del Estado y al poder judicial.

Posteriormente se ha dirigido a tres grupos diferentes. Primero a todos los catalanes, asegurándoles que todas las ideas, incluso las independentistas, pueden defenderse “dentro del respeto a la ley”. Después a los catalanes que sienten “mucha preocupación y gran inquietud con la conducta de las autoridades autonómicas”, a los que ha asegurándoles “que no están solos, ni lo estarán; que tienen todo el apoyo y la solidaridad del resto de los españoles, y la garantía absoluta de nuestro Estado de Derecho en la defensa de su libertad y de sus derechos”. Por último a todos “los españoles, que viven con desasosiego y tristeza estos acontecimientos, les transmito un mensaje de tranquilidad, de confianza y, también, de esperanza”. Para terminar, ha hecho un llamamiento a la esperanza que, con la que está cayendo, se agradece. Hasta al pesimista ciudadano Tomás Alfaro Drake le ha dado un destello de esperanza. No se puede decir más con menos. Pero lo mejor de todo es, tal vez, lo que no se ha dicho. No ha hecho ni un guiño al diálogo con las autoridades catalanas. ¡Bravo!


Hay dos cosas en el discurso que me llaman la atención y que quiero resaltar. Una es la ausencia de cualquier palabra de apoyo a las fuerzas de orden público. Tampoco estoy del todo convencido de la procedencia de una mención específica a las mismas en ese contexto. La segunda, es una frase: “es responsabilidad de los legítimos poderes del Estado asegurar el orden constitucional y el normal funcionamiento de las instituciones, la vigencia del Estado de Derecho y el autogobierno de Cataluña, basado en la Constitución y en su Estatuto de Autonomía” (La negrita es mía). ¿Es esto una llamada a no aplicar el artículo 155 que anularía el autogobierno de Cataluña? No lo sé. No estoy seguro de que esa sea la interpretación de esta frase, pero, tal vez pudiera serlo. Pero si lo es, el ciudadano Tomás Alfaro Drake ya ha expresado más arriba sus dudas sobre la conveniencia de aplicar el 155.

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