Una
de las premisas básicas de la democracia es que los votos de todos los
ciudadanos deben valer lo mismo. Pues bien, eso no pasa en España. En Soria, de
promedio, por cada 24.039 votos se puede conseguir que un candidato ocupe un
escaño[1]. En cambio, en Madrid, para
conseguir que un candidato ocupe un escaño hacen falta, en promedio, 98.395
votos. Es decir, el voto de un ciudadano de Madrid vale cuatro veces menos que
el de uno de Soria. Por si eso fuera poco, en las últimas elecciones generales
ha habido nada menos que 1.547.858 votos, repartidos entre muchas provincias,
que no han servido para conseguir ni un solo escaño. Es decir, tirados a la
basura. El voto de esos ciudadanos ha sido inútil. ¿Parece escandaloso? ¡Sí! Al
menos a mí me lo parece. Pero quien quiera saber un poco más, puede echar un
vistazo a la tabla que aparece en el anexo a estas líneas. Son datos obtenidos
de lo que en realidad ha pasado en estas últimas elecciones. Ni una sola
especulación. Pura realidad. ¿Por qué ocurre eso?
La
constitución española, en su Título III, Capítulo 1º especifica:
Artículo
68.
1.
El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados,
elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los
términos que establezca la ley.
2.
La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y
Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá
el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a
cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.
3.
La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación
proporcional.
Obedeciendo
al punto 1, el Congreso se configuró con 350 diputados. Al ir a distribuir esos
350 escaños entre las provincias, se vio que, si se hacía proporcionalmente al
número de habitantes, a las provincias más pequeñas no les correspondería ni un
solo escaño. Por tanto, se tomó la decisión de dar a las provincias más
pequeñas más escaños de los que les corresponderían por su número de
habitantes, a costa de que las provincias con más habitantes tuviesen menos
escaños de los que tendrían que tener. De ahí que, como puede verse en la
columna “Coste de votos por escaño” del cuadro de más abajo, un escaño en Soria
“cueste”, como se ha dicho, 24.039 votos mientras que uno en Madrid “cueste” 98.395
votos. Y, si se ve la lista se puede comprobar que hay una correlación bastante
aproximada entre la población de una provincia y el “coste” de un escaño en
votos. Es decir, cuantos más habitantes tenga la provincia en la que vivimos,
más ciudadanos de segunda somos. Pero, aún así, en provincias con pocos escaños
(y no con tan pocos), al aplicar cualquier regla de proporcionalidad que se
aplique, hay partidos que no llegan a tener suficientes votos para comprar ni
un solo escaños. Es decir, sus votos se los traga la tierra. O sea, que si nos
fijamos en VOX, por tomar el partido que tiene más votos inútiles en más
provincias, veremos que hay 34 provincias en las que sus votantes han empleado
en total 685.022 votos sin el más mínimo resultado. Por su parte, los votantes
del PSOE sólo han perdido en Melilla la exigua cantidad de 7.005 votos. El PP
ha perdido 147.346 votos en 7 provincias, C’s ha perdido 164.733 votos en 11
provincias, mientras que Podemos ha perdido 542.752 votos en 27 provincias. En
total, se han “desperdiciado” los votos de 1.547.858 ciudadanos, que son, ni
más ni menos que el 5,9% de los votantes. El escaño más caro en estas
elecciones ha resultado ser el del PP en Barcelona, que le ha costado 155.504
votos. Y el más barato ha sido también para el PP. Su escaño en Melilla le ha
costado sólo 8.082 votos. O sea que el escaño más caro ha salido casi veinte
veces más caro que el más barato.
Visto
en conjunto, para toda España, el coste por escaño de los principales partidos
que han conseguido representación en el Congreso es:
PSOE: 60.819 votos/escaño
PP
(Junto con N+): 65.635
votos/escaño
C’s: 72.572 votos/escaño
Podemos: 88.879 votos/escaño
VOX: 111.549 votos/escaño
ERC: 67.690 votos/escaño
JxCat: 71.091 votos/escaño
PNV: 65.771 votos/escaño
Bildu
(Incluyendo Navarra): 64.710 votos/escaño
O
sea, cada escaño le ha salido a VOX 1,83 veces más caro que al PSOE.
Y,
¿por qué este desaguisado? Ignoro cómo sería en 1978, pero a día de hoy, si
cada provincia tuviese los escaños que le correspondiesen en proporción a sus
habitantes, a Ceuta y Melilla les corresponderían 0,63 escaños, a Soria 0,67
escaños y habría otras cinco provincias que les correspondería menos de 1,5
escaños. O sea que si se redondease al número entero más próximo, 6 provincias
más Ceuta y Melilla tendrían sólo un escaño. ¿Qué desaguisado es mejor, éste o
el de que haya millones de ciudadanos de segunda y de votos inútiles? Yo creo
que esto último es un disparate sin sentido. Y, por si fuera poco, vulnera el artículo
68.1 de la Constitución que dice:
“El
Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos
por sufragio universal, libre, igual, directo y
secreto, en los términos que establezca la ley”.
Y,
¿tiene arreglo este sinsentido? Sin modificar el punto 2 del artículo de la
Constitución antes citado, imposible. Pero se podría arreglar sin ningún
problema si se modificase la Constitución en ese punto fijando a todo el
territorio español como circunscripción única. Entonces, en las últimas
elecciones, el voto de todo ciudadano hubiese valido lo mismo. Un escaño
hubiese valido para todos 75.318 votos y no se hubiese desperdiciado ningún
voto de ningún ciudadano.
La
Constitución tiene dos mecanismos de modificación, uno “duro” y otro “blando”.
El duro está reservado para las cuestiones medulares de la misma[2]. Pero para decidir
modificar la definición de circunscripción basta con el “blando”. El “blando”
requiere que la modificación sea apoyada por 3/5 del Congreso (210 diputados) y
del Senado (160 senadores) y, posteriormente, si lo pidiese más de un 10% de
los representantes de cualquiera de las dos cámaras, un referéndum para su
aprobación. Así se han llevado a cabo dos modificaciones de la Constitución
desde 1978, sin que en ninguna de las dos haya sido necesario el referéndum. La
primera para la entrada de España en la Unión Europea y la segunda para la
estabilidad presupuestaria. Y, ¿por qué no se ha llevado a cabo una
modificación del Artículo 68.2 de la Constitución, citado más arriba, en el
sentido que estamos señalando aquí[3]? Bueno, nunca en la
historia de esta Constitución ha habido un partido que tuviera la posibilidad
de llevar a cabo esta reforma sólo y aunque en casi todas ellas –excepto en la
legislatura fantasma, la que no llegó a formar gobierno, y en la actual–
hubiese bastado que se pusiesen de acuerdo el PP (o UCD en su momento) y el
PSOE. Pero los intereses partidistas jamás permitieron que una cosa así se
produjese. En la legislación actual podría hacerse con un acuerdo tripartito en
el que PSOE y PP serían necesarios y tendría que unirse, además, o C’s o
Podemos para hacerlo posible. Y, la verdad, me parece muy poco probable que
algo así pueda ocurrir. Máxime teniendo en cuenta que contaría con la furibunda
oposición de ERC, JxCat, PNV y Bildu ya que a estos partidos cada escaño les ha
costado respectivamente 67.690, 71.091, 65.771 y 64.710 respectivamente,
mientras que con la circunscripción única les costaría, como a todos, 75.318
votos y, naturalmente, se opondrían como gato panza arriba a devaluar sus
votos. Y dado que su apoyo en el Congreso es clave para que el PSOE pueda
gobernar, es más que dudoso que este partido apoye una modificación así. Así
que madrileños, barceloneses, valencianos, sevillanos y otros ciudadanos de
provincias grandes[4],
así como los votantes a determinados partidos en según qué provincias, nos
tendremos que seguir resignando a ser ciudadanos de segunda. Lo que no estaría
de más es que el Centro-Derecha votase estratégicamente, para lo que ya propuse
un método en un envío anterior (véase el post del 10 de Mayo de 2019 con el
título de “Cómo conseguir (tal vez) batir a la izquierda en el futuro sin
limitar las opciones de los votantes de Centro-Derecha”).
Pero
ya puestos a soñar, no me resisto a poner aquí cuál sería el sistema electoral
que más me gustaría a mí. Sería un sistema con circunscripción unipersonal y
elección por mayoría a dos vueltas. No es ninguna utopía. Es el sistema que hay
en el Reino Unido o en Francia. Entre otras muchas ventajas, este sistema acabaría
con el sistema de listas cerradas que, en la práctica, hace inevitable la
disciplina de voto y con ella, la partitocracia que es, creo, una de las
mayores lacras de la democracia. Para ello, bastaría también con una reforma
constitucional por el método “blando”, cambiando los artículos 68.2 y 68.3[5]. Pero claro, pretender que
los partidos acaben con la partitocracia es como pedirle peras al olmo.
Anexo:
Votos inútiles y valor del voto
Votos perdidos
|
Coste de
votos por escaño
|
|||||||||
de
|
PSOE
|
PP
|
C's
|
VOX
|
UP
|
TOT Izq
|
TOT CD
|
TOTAL
|
Votos/Esc
|
Valor
|
de cada
|
||||||||||
voto en
|
||||||||||
En
|
n veces
|
|||||||||
menos
|
||||||||||
Soria
|
8.475
|
4.848
|
4.459
|
4.459
|
13.323
|
17.782
|
24.039
|
1,00
|
||
Teruel
|
8.305
|
8.236
|
8.236
|
8.305
|
16.541
|
25.313
|
1,05
|
|||
Melilla
|
7.005
|
4.352
|
5.697
|
1.290
|
8.295
|
10.049
|
18.344
|
26.426
|
1,10
|
|
Segovia
|
11.429
|
8.879
|
8.879
|
11.429
|
20.308
|
29.830
|
1,24
|
|||
Ávila
|
14.586
|
7.666
|
7.666
|
14.586
|
22.252
|
33.167
|
1,38
|
|||
Palencia
|
12.370
|
9.705
|
9.705
|
12.370
|
22.075
|
34.371
|
1,43
|
|||
Zamora
|
12.809
|
9.115
|
9.115
|
12.809
|
21.924
|
35.806
|
1,49
|
|||
Ceuta
|
8.123
|
4.530
|
9.079
|
1.822
|
1.822
|
21.732
|
23.554
|
37.320
|
1,55
|
|
Cuenca
|
16.441
|
12.734
|
9.439
|
9.439
|
29.175
|
38.614
|
39.055
|
1,62
|
||
Huesca
|
13.309
|
17.004
|
17.004
|
13.309
|
30.313
|
40.305
|
1,68
|
|||
Álava
|
24.304
|
7.039
|
5.587
|
0
|
36.930
|
36.930
|
43.189
|
1,80
|
||
La Rioja
|
16.156
|
2.607
|
2.607
|
16.156
|
18.763
|
43.560
|
1,81
|
|||
Orense
|
20.470
|
9.708
|
20.127
|
20.127
|
30.178
|
50.305
|
44.761
|
1,86
|
||
Lugo
|
17.654
|
11.386
|
20.127
|
20.127
|
29.040
|
49.167
|
45.466
|
1,89
|
||
Guadalajara
|
23.454
|
17.453
|
17.453
|
23.454
|
40.907
|
46.209
|
1,92
|
|||
Huelva
|
33.904
|
0
|
33.904
|
33.904
|
51.064
|
2,12
|
||||
Salamanca
|
26.765
|
16.465
|
16.465
|
26.765
|
43.230
|
51.606
|
2,15
|
|||
Burgos
|
24.267
|
27.262
|
27.262
|
24.267
|
51.529
|
53.132
|
2,21
|
|||
Almería
|
53.185
|
2,21
|
||||||||
Lérida
|
11.103
|
19.022
|
5.981
|
18.603
|
18.603
|
36.106
|
54.709
|
53.475
|
2,22
|
|
Las Palmas
|
38.091
|
0
|
38.091
|
38.091
|
56.895
|
2,37
|
||||
Albacete
|
33.891
|
24.730
|
24.730
|
33.891
|
58.621
|
57.211
|
2,38
|
|||
Castellón
|
37.483
|
0
|
37.483
|
37.483
|
57.519
|
2,39
|
||||
Ciudad Real
|
26.830
|
26.830
|
0
|
26.830
|
57.548
|
2,39
|
||||
Baleares
|
58.042
|
2,41
|
||||||||
Gerona
|
12.319
|
33.826
|
10.668
|
36.910
|
36.910
|
56.813
|
93.723
|
59.644
|
2,48
|
|
Cáceres
|
25.813
|
24.128
|
24.128
|
25.813
|
49.941
|
60.496
|
2,52
|
|||
Toledo
|
41.777
|
41.777
|
0
|
41.777
|
64.725
|
2,69
|
||||
Valladolid
|
38.993
|
38.993
|
0
|
38.993
|
65.455
|
2,72
|
||||
Tarragona
|
21.283
|
20.032
|
0
|
41.315
|
41.315
|
66.351
|
2,76
|
|||
Badajoz
|
38.094
|
38.094
|
0
|
38.094
|
66.396
|
2,76
|
||||
Guipuzcoa
|
20.613
|
11.723
|
6.683
|
0
|
39.019
|
39.019
|
66.971
|
2,79
|
||
Cantabria
|
39.945
|
36.555
|
36.555
|
39.945
|
76.500
|
70.134
|
2,92
|
|||
León
|
33.449
|
34.794
|
34.794
|
33.449
|
68.243
|
70.457
|
2,93
|
|||
Cádiz
|
70.798
|
2,95
|
||||||||
Tenerife
|
31.307
|
0
|
31.307
|
31.307
|
71.109
|
2,96
|
||||
Navarra
|
17.660
|
0
|
17.660
|
17.660
|
71.167
|
2,96
|
||||
Alicante
|
71.389
|
2,97
|
||||||||
Málaga
|
71.410
|
2,97
|
||||||||
Granada
|
72.552
|
3,02
|
||||||||
Pontevedra
|
27.028
|
0
|
27.028
|
27.028
|
73.996
|
3,08
|
||||
Murcia
|
74.238
|
3,09
|
||||||||
La Coruña
|
37.950
|
37.950
|
37.950
|
75.275
|
3,13
|
|||||
Jaén
|
46.856
|
40.682
|
40.682
|
46.856
|
87.538
|
75.411
|
3,14
|
|||
Córdoba
|
76.312
|
3,17
|
||||||||
Zaragoza
|
76.375
|
3,18
|
||||||||
Vizcaya
|
49.601
|
21.201
|
15.792
|
0
|
86.594
|
86.594
|
83.849
|
3,49
|
||
Asturias
|
85.601
|
3,56
|
||||||||
Sevilla
|
90.030
|
3,75
|
||||||||
Barcelona
|
91.937
|
3,82
|
||||||||
Valencia
|
93.814
|
3,90
|
||||||||
Madrid
|
98.395
|
4,09
|
||||||||
TOTAL
|
7 M
|
147 M
|
165 M
|
685 M
|
543 M
|
551 M
|
997 M
|
1.548 M
|
75.318
|
[1] Todos los datos que se den sobre
el coste en votos por escaño están influidos por la abstención. Tomemos dos
provincias A y B ambas con el mismo número de votantes potenciales y con el
mismo número de escaños. Si en A la abstención es más alta que en B, A tendrá
menos votantes reales que B y, por tanto, con menos votos “compraría” los
mismos escaños. Es decir, en A, por tener más abstención el valor del voto
sería mayor. En un caso extremo, si en Madrid, todos se abstuvieran menos yo, un
único voto, el mío, “compraría” los 37 escaños de la provincia.
[2] El mecanismo duro de modificación
supone que una modificación deba ser aprobada por 2/3 de cada una de las
Cámaras, disolución de las mismas, nuevas elecciones y nueva aprobación por 2/3
de cada Cámara en las nuevas Cortes Generales. Y tras todo esto, referéndum
obligatorio en toda España. Es aplicable a una revisión total de la Constitución o una parcial que
afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I,
o al Título II.
[3] Bastaría con que
dijera: “2. La circunscripción electoral es única para toda España y abarca
todo el territorio nacional”.
[4] Concretamente, los votos de los
habitantes de las provincias de Granada, Pontevedra, Murcia, La Coruña, Jaén,
Córdoba, Zaragoza, Vizcaya, Asturias, Sevilla, Barcelona, Valencia y Madrid,
valdrían menos de la tercera parte del valor del voto de los habitantes de
Soria. Las provincias citadas concentran más de la mitad de la población
española.
[5] Podría quedar:
“2.
Habrá tantas circunscripciones como escaños en el Congreso de los Diputados.
Por tanto, cada circunscripción será unipersonal. La ley fijará cada
circunscripción de forma que el número de votantes potenciales de cada una sea
similar.
3.
La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo al criterio
mayoritario a dos vueltas. Si un partido obtiene más del 50% de los votos en
una circunscripción, su candidato será elegido sin necesidad de una segunda
vuelta. En el caso de que ningún partido alcanzase el 50% de los votos, se
celebrará, en un plazo definido por ley, una segunda vuelta en la que
concurrirán únicamente los candidatos de los dos partidos más votados,
resultando elegido el más votado”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario