31 de enero de 2020

¿Hasta dónde puede llegar Sánchez para apalancarse en Moncloa? No hay límites


Mi primera gran pregunta es:

¿Quién manda en España?

Desde luego, no el Presidente Sánchez que no parece ser más que una marioneta vapuleada por ERC de un lado y Podemos, con sus socios bolivarianos de Venezuela por otro.

Llega a España Juan Guaidó recientemente reconocido por el propio Sánchez como Presidente Encargado de Venezuela en fecha tan reciente como el 4 de Febrero de 2019, cuando era Presidente de verdad, no en funciones. Cuando todavía no tenía a Podemos y a ERC marcando su agenda. Y, ¡oh, sorpresa! Quien siendo presidente le reconoció, menos de un año más tarde, se niega a recibirle. El único contacto oficial de alguien del ejecutivo español con el reconocido Presidente Encargado de Venezuela es con la ministra de asuntos exteriores que le recibe de tapadillo en la Casa de América, en vez de hacerlo en el Palacio de Santa Cruz, como se recibe a los Jefes de Estado reconocidos. ¿Qué ha pasado en este último año? ¡Evidente! Que Podemos tiene a Sánchez cogido por los huevos. Perdonad la expresión, pero es la más descriptiva de la realidad. Pero, no sólo eso. La número dos de Venezuela la tal Delcy Rodríguez (que, como dice Alfonso Ussía, tiene nombre de medicina infantil) aterriza, por casualidad, al parecer, en el aeropuerto de Barajas, siendo una persona que tiene prohibida la entrada en la UE. Y tras una larga cadena de mentiras, nos vamos enterando de que el fontanero mayor de Pedro Sánchez, Jose Luis Ábalos, flamante diplomado en pedagogía con tres meses de experiencia docente, se reúne con ella en una sala VIP del aeropuerto de Barajas, primero porque pasaba por allí, luego porque fue a saludarla, después para hablar un rato de la mar y de sus peces y… Otro tirón de huevos a Sánchez por parte de Podemos.

Pero si Podemos tiene agarrado a Sánchez por el huevo izquierdo, ERC le tiene agarrado por el derecho. Porque tras la medio sí, medio no, convocatoria de elecciones en Cataluña, convocadas con fecha fantasma por Torra, el no diputado ¿y sí presidente? de la generalidad, pareció, que en la mañana de ayer jueves, Sánchez hizo, (tras haber aceptado la vergüenza de sentarse a negociar de gobierno a gobierno, en pie de igualdad, con Torra), algo que podía parecer un poco menos insensato: Retrasar esa reunión hasta saber quién será el próximo presidente de la generalidad. Pero, ¡ay!, al rufián Rufián –perdóneseme el fácil juego de palabras, pero no he podido evitarlo– le ha faltado tiempo para ir a Moncloa y explicarle a su inquilino de quién es la voz de su amo. Y, claro, Sánchez ha rectificado. “¡Por supuesto que me reuniré la semana que viene con Torra, señor rufián! Para eso estoy, para obedecer lo que usted desee mandar. ¿Ordena usted alguna cosa más? Porque aquí estoy para servirle”. ¡Qué vergüenza! Hasta dónde se pueden llegar a desprestigiar las instituciones. La Presidencia del Gobierno de España que, la ostente quien la ostente, debería ser respetable y respetada, se vende por el alquiler del Palacio de la Moncloa.

Pero, mi segunda pregunta del día ha sido:

¿Qué pasa en el cortijo de Red Eléctrica Española?

Esta gente no respeta nada. El Presidente de esa empresa del IBEX 35, Jordi Sevilla, socialista de pro, puesto a dedo por el mismísimo Sánchez pocos días después de hacerse con la Presidencia de España por la moción de censura, dimite por las injerencias la Vicepresidenta cuarta y ministra de la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ¡Toma ya! Pues sí, esta señora ha debido tocarle mucho el huevo izquierdo a Jordi Sevilla. Pero mientras ella le tocaba el huevo izquierdo, el derecho se lo debía estar tocando el marido de la susodicha, Mariano Bacigalupo, consejero de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia que es muy posible que sea el próximo presidente de ese organismo tras el cese de José María Marín Quemada. Así, como suena. La mujer le toca el huevo izquierdo y el marido el derecho. Y claro, Jordi Sevilla, socialista y todo, se ha hartado de que le toquen los dos huevos a cuatro manos y ha dimitido. Pero, es que ocurre que REE, es una empresa del IBEX 35 de la que, es cierto, su mayor accionista es el estado, a través de la SEPI, con el 20%. Pero el otro 80% está en manos de inversores privados. Sí, nada menos que el 66% en manos de inversores institucionales extranjeros, un 4% de institucionales españoles y el 10% restante de inversores particulares. Ojo, que nadie se llame a engaño con lo de inversores institucionales. Eso no son grandes instituciones. Son fondos de inversión que reúnen el ahorro de millones de pequeños inversores, extranjeros la mayoría y algunos españoles. Dice la flamante ministra y cuarta vicepresidenta que quiere que al frente de REE haya una persona con la que tenga “una interlocución fluida”. Me llena de asombro la prepotencia de la cuarta vicepresidenta. ¿Es que no sabe que al nuevo Presidente de REE le tiene que nombrar la Junta General de Accionistas en la que el SEPI –ni siquiera su ministerio– sólo tiene el 20% de las acciones? Sí que lo sabe. Pero ocurre que REE es una de las empresas que mantiene, frente a las directrices de la UE, las llamadas acciones de oro. Por muchas acciones que tengan los inversores privados, su porcentaje de voto en las Juntas Generales de Accionistas no puede superar el 3%, frente al 20% de las acciones de oro de la SEPI. ¿Cortijo, o no? Si esto no es un cortijo, que alguien me diga qué lo es. De forma que la ministra y cuarta vicepresidenta pondrá a quien le de la gana como Presidente de REE. Pasándose también por el forro al presidente de la SEPI, que también debe ser una persona de “interlocución fluida”. Y éste, muy fluidamente, pondrá a otra persona “con interlocución fluida”, es decir, a una marioneta que se deje tocar los huevos por ella y por su marido. Y lo pondrá aunque el 80% de los accionistas se opongan con su miserable 3% de derecho a voto. Pero lo que no podrá evitar la ministra de tan largo título y cuarta vicepresidenta es que  los inversores institucionales extranjeros y españoles, así como los individuales bien informados, vendan sus acciones y la cotización y el valor de REE se hunda en la miseria. Y así, si REE tiene que hacer una Ampliación de Capital para invertir en mejorar la calidad del suministro eléctrico a los españoles, ¿quién va a ir a esa ampliación? ¿Qué pensará de España, por ejemplo, el Fondo de Pensiones del Estado Noruego, que es el fondo de inversión más grande del mundo? Pues que somos un país de pandereta y que no sólo no invertirá en REE, sino tal vez tampoco en ninguna empresa española. Yo, desde luego, tengo claro en qué empresa jamás meteré mi dinero. Naturalmente, con tal de mantenerse en el machito, ni a la ministra cuarta vicepresidenta ni a su presidente Sánchez, les importa una mierda que el suministro eléctrico de los españoles se deteriore. Así pasó en Venezuela, la admirada Venezuela para Pablo Iglesias.

Pues, ¡hala!, sigamos ciegos nuestro camino.

26 de enero de 2020

Diálogo con un remitente anónimo acerca de la entrada "¿De quién son los hijos?

  1. Soy de donosti. En el colegio de mis hijos quieren traer a los de la AVT a dar charlas sobre ETA Gracias al pin parental al fin podré impedirlo.
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  2. Hola anónimo. Me temo que no sabes lo que es el pin perental. El pin parental te permitirá que tu hijo no vaya a la actividad de los de la AVT en su colegio, pero no podrá evitar que éstos vayan al colegio y expliquen a los niños cómo ETA ha asesinado a miles de personas. Y me alegro mucho. Tu hijo no oirá la verdad, pero la verdad será divulgada.

    Tomás

Más sobre LIBRA ¿Cómo afecta LIBRA a la regulación monetaria de los países?


En un escrito anterior sobre LIBRA pasé por alto, por ser demasiado complejo para su objetivo, el análisis del efecto que LIBRA pudiera tener sobre la capacidad de los Bancos Centrales para llevar a cabo la regulación de la masa monetaria en las economías a su cargo. En estas páginas vamos a realizar este análisis. Lo vamos a hacer partiendo desde cero y simplificando enormemente el problema para que pueda ser generalmente entendido. No podré, eso sí, evitar que haya algo de aritmética elemental. Pero sólo sumar, restar, multiplicar y dividir, llevados por el sentido común.

La gestión de la economía por parte de los Estados se lleva a cabo a través de dos políticas diferentes: La política fiscal y la política monetaria.

Con la política fiscal un Estado utiliza los impuestos para recaudar dinero de los ciudadanos y gastarlo después en aquello que considera conveniente. La cantidad de dinero que gaste un Estado no tiene por qué ser igual a la que ingresa. Si gasta más de lo que ingresa, incurre en un déficit fiscal. Pero para poder hacer eso, tiene que obtener prestada una cantidad equivalente a ese déficit. Es lo que se llama la deuda pública. Si un Estado incurre en déficits durante años, tiene que tomar prestado cada año el equivalente al déficit que genera, por lo que la deuda pública irá aumentando. Si, por el contrario, el Estado gasta menos que lo que recauda, se produce un superávit fiscal, que le permite ir devolviendo la deuda que haya contraído por los anteriores déficits. Las decisiones sobre la política fiscal del Estado las toma el Poder Ejecutivo, es decir, el Gobierno, controlado, claro está, por el Poder Legislativo, el Parlamento, mediante la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, en aplicación del principio de separación de poderes. No es objeto de estas páginas establecer los principios de una adecuada política fiscal.

La política monetaria, consiste en determinar cuánto dinero hay en circulación para “regar” adecuadamente la economía. La cantidad de dinero en la economía es como la cantidad de sangre en un organismo. Un organismo grande necesitará tener más sangre que uno pequeño. Debe una cierta, aunque no exacta, proporcionalidad entre el tamaño del organismo y la cantidad de sangre que necesita. Para un organismo, tener más o menos sangre de lo “normal”, puede llevar a disfunciones importantes. De la misma manera, la cantidad de dinero de una economía debe guardar una cierta relación con su tamaño. Si no, se producirán disfunciones. Como medida del tamaño de una economía se suele tomar el PIB (Producto Interior Bruto), que es la cantidad de bienes y servicios que produce esa economía en un año. El estado debe tener, por tanto, la capacidad de regular la cantidad de dinero que haya en el sistema económico a su cargo para intentar adecuarla al PIB. En economía funciona también el principio de separación de poderes. Mientras que las decisiones de política fiscal dependen del Gobierno y el Parlamento, las decisiones de política monetaria dependen del Banco Central que es, en principio, y debe ser un organismo independiente de los poderes del estado, ejecutivo, legislativo y judicial. En países como EEUU, el ámbito de actuación del Gobierno en la política fiscal y del Banco Central –llamada Reserva Federal o FED–, coinciden. No es el caso en la Unión Europea, donde el Gobierno de cada Estado decide su política fiscal, pero la política monetaria viene definida por el Banco Central Europeo (BCE), de ámbito supranacional.

La cantidad de dinero influye sobre dos variables muy importantes para cualquier economía: la inflación y los tipos de interés. Un exceso de dinero provoca que suba la inflación y que bajen los tipos de intereses reales. Pero los intereses a los que prestan o toman prestado los agentes económicos, bancos, empresas o particulares, no está relacionado con el tipo de interés real, sino el llamado tipo de interés nominal. Cuando alguien presta dinero, lo hace pretendiendo, como mínimo, mantener el poder adquisitivo de su dinero y, además, obtener una rentabilidad por lo que presta. Por eso lo presta a la inflación más un interés relacionado con el tipo de interés real. Lo que se percibe, lo que se mide, es, por tanto, el tipo de interés nominal. Es decir, el dinero se presta al tipo de interés nominal[1]. Si se habla simplemente de tipo de interés, se está hablando del tipo de interés nominal, que es el que se ve. Veamos esto con algunos ejemplos numéricos.

Supongamos un país que tuviese una inflación igual a 0 y un tipo de interés nominal del 2%. En este caso, su tipo de interés real será también el 2%. Ahora supongamos que el Banco Central decide crear mucho dinero. Supongamos que la inflación sube al 3% y el tipo de interés real baja al 1%. El tipo de interés nominal que se percibiría sería el 4% (3% de inflación + 1% de tipo de interés real). Pudiera ocurrir que entonces el Banco Central cree haberse pasado de la raya y disminuye la masa monetaria con el resultado de que la inflación baja al 2% y el tipo de interés real sube al 1,5%. El tipo de interés nominal se situaría entonces en el 3,5%. Como en el caso de la política fiscal, no pretendo en estas líneas establecer ningún criterio para definir lo que pudiera ser una política monetaria adecuada. Simplemente quiero dejar constancia de lo importante que es para un Estado poder llevar a cabo esta política. Por supuesto, los Estados pueden hacer auténticas barbaridades con sus políticas fiscal y monetaria, pero eso no quita un ápice de importancia a la necesidad de que existan esas políticas, a poder ser, correctas. Pero eso es harina de otro costal[2].

Vamos ahora a centrarnos en la política monetaria, es decir, la capacidad de los BC’s de aumentar o disminuir la masa monetaria de la economía que controlan. Los BC’s, como se ha visto, tienen enorme interés en controlar la masa monetaria, pero no lo pueden hacer de forma directa. Lo que hacen los BC’s es crear una “semilla” de esa masa monetaria. Vamos a llamar a esa semilla M0. Si un BC quiere aumentar M0, lo puede hacer de dos maneras.

1ª Concediendo préstamos a los bancos de ese país. Les presta un dinero que, inmediatamente entra en circulación.
2ª Comprando bonos del propio estado o de estados a su cargo o de empresas que actúen en esos Estados. Es decir, haciendo un préstamo directo a esas empresas en vez de hacerlo a los bancos.

De cualquiera de las dos formas se está inyectando dinero al mercado y aumentando la M0. Es importante hacer ver que no se está regalando ese dinero, sino prestándolo y haciéndolo a un tipo de interés que, en principio, es el de mercado para el riesgo que pueda tener ese estado o empresa.

A sensu contrario, si un banco central quiere disminuir M0, lo puede conseguir haciendo que los bancos le devuelvan los préstamos o vendiendo los bonos que previamente compró. Por supuesto, hay factores exógenos a los BC’s, que no vamos a ver aquí, que pueden influir en M0. Pero si eso es así, el BC lo detecta y actúa de la manera adecuada, con los mecanismos que hemos visto, para mantener la M0 que quiera.

Había dicho antes que esa M0 no es sino la “semilla” de la masa monetaria total que se quiere que haya en el mercado. Efectivamente, el conjunto del sistema financiero, a través de operaciones de préstamos y depósitos o cuentas corrientes, hace que la cantidad M0 se multiplique por un factor determinado. Supongamos que M0 es 10 y que ese multiplicador fuese 20. La masa monetaria total M1 sería 10 multiplicado por 20, es decir 200. Es esta M1 la que los BC quieren tener bajo control. Pero, aunque los BC’s pueden actuar, en cierta medida, sobre el multiplicador, este control se les escapa, porque depende, sobre todo, del porcentaje sobre los depósitos que los bancos comerciales quieran prestar y de la cantidad de dinero que los ciudadanos quieran tener en dinero en efectivo en vez de tenerlo en cuenta corriente. Entonces, ¿pierden los BC’s el control sobre M1? De ninguna manera, porque siempre lo puede recuperar actuando sobre M0. Veámoslo con un ejemplo. Supongamos que en una economía se dan los siguientes valores.

M0
multiplicador
M1
100
25
2.500

En estas circunstancias, por un lado, los efectos exógenos sobre la M0 la disminuyen en 10 y, por otro, la actuación de bancos comerciales y ciudadanos hace que el multiplicador suba a 30. Si el BC no hiciese nada, la situación sería:

M0
Multiplicador
M1
90
32
2.880

Para restablecer la M1 de 2.500 deseada, el BC debería disminuir la M0 en:

(2.880-2.500)/32=11,875.

Para ello, podría retirar préstamos al sistema financiero o vender bonos por valor de 11,875. La situación quedaría entonces:

M0
Multiplicador
M1
78,125
32
2.500

Y la calma retornaría. Evidentemente, las cosas no son, ni mucho menos, tan sencillas como esto, porque se están continuamente dando situaciones exógenas que afectan tanto a la M0 como al multiplicador. Pero en esencia, el problema es como el planteado y ese es uno de los trabajos de los BC’s.

Estamos ya en condiciones de ver qué perturbaciones introduciría LIBRA en el sistema en el caso de que tuviese un éxito como para suponer una parte importante de la masa monetaria de otros países[3]. Vamos a hacerlo con un ejemplo de un mundo extraordinariamente sencillo en el que sólo hay dos países, el A y el B, con sus respectivas monedas que, digamos, que tienen entre sí una relación de precios tal que la moneda A vale un 25% más que la B. Es decir, para comprar una unidad de A, hay que pagar por ella 1,25 unidades de B. Es decir, si tomamos la divisa A como base, B cotiza a 0,8. Es decir con una unidad de B sólo se pueden comprar 0,8 (1/1,25) de A. Supongamos que LIBRA se mueve en este contexto. En realidad, quien lea esto no debe preocuparse si no comprende bien todos los números, porque tal vez sea precisamente el hecho de no entenderlo, lo que le ayude a entender la conclusión final. Así es que, el que se haga un lío con lo que viene a continuación, que salte directamente a (1)

La RESERVA LIBRA[4] (RL) es, como si dijéramos, el BC de LIBRA. Todo dinero que entra en ella, sea de la moneda que sea, se considera dinero que sale de la economía correspondiente y viceversa. Supongamos que la RL está constituida de la siguiente manera[5]:

% en divisa A
% en divisa B
40%
60%

Aparece entonces alguien con 100A y quiere comprar LIBRA. Supongamos que en ese momento LIBRA cotiza 1,1 respecto a A (es decir, con 1L se pueden comprar 1,1A)[6] [y, por tanto, 1,375B (1,1/0,8)]. Ese alguien dará a la RL 100A y la RL le dará 90,9091 L (100/1,1=90,90909090…, redondeando, 90,91).

Ahora, la RL tiene que cambiar 60ª. De los 100ª que ha recibido, en B, obteniendo 75B (60/0,8) y comprar bonos o invertir en depósitos de A 40A y en bonos o depósitos de B 75B.

Si aplicamos las reglas anteriores de creación o destrucción de M0

-        M0L habrá aumentado en 90,91L.
-        M0A habrá disminuido en 60A ya que de los 100A que entraron en la RL, y que supusieron una destrucción de 100A, sólo 40A han sido reintroducidos en el sistema monetario de A a través de los depósitos o la compra de bonos.
-        M0B habrá aumentado en 75B, que son los que se han introducido en el sistema monetario de B a través de depósitos y bonos de B, sin haber habido ninguna destrucción de B previamente.
-        Ahora bien, la M0 del conjunto A+B no habrá sufrido variaciones, ya que si expresamos todo en su equivalente en A, A habrá disminuido en 60A y B habrá aumentado en el equivalente a 60A. Es decir, todo se ha quedado en equilibrio. Pero a los BC’s de A y B no les da igual, porque SU M0 particular ha cambiado. Y a la economía global del mundo, tampoco le da igual, porque su M0 total ha aumentado en equivalente a los 100A de L.

El cuadro siguiente pretende resumir lo anterior:

Moneda
L
A
B
A+B
A+B+L
(a)M0 creada en cada moneda
90,91L
40A
75B


(b)M0 eliminada en cada moneda
-
100A
-


(a-b)M0 neto en cada moneda
+90,91L
-60A
+75B


(c)M0 creada en equiv. A
100A
40A
60A
100A
200A
(d)M0 eliminadas en equiv. A
-
100A
-
100A
100A
(c-d)M0 neto en equiv. A
100A
-60A
60A
-
100A

La cosa se complica más si el multiplicador de las tres monedas fuese de:
-        20 para L.
-        25 para A
-        30 para B

Entonces:

·       La M1 de L habría aumentado en el equivalente a 2.000A (100x20)
·       La M1 de A habría disminuido en 1.500A (60x25).
·       la M1 de B habría aumentado en el equivalente 1.800A (60x30)
·       Ahora la M1 global de A y B ya no es neutra, sino que se produce un aumento en el equivalente de 300A (1.800-1.500).
·       Y si tomamos en cuenta las tres monedas, el aumento global de M1 del mundo es en el equivalente 2.300A (1.800-1.500+2.000).

Vamos a ver ahora cómo varía el precio de la LIBRA respecto a A y B si el valor relativo de estas dos divisas cambia. Supongamos que B sube de valor (o A baja, que todo es relativo) hasta una cotización de 0,85. Es decir, ahora sólo hay que pagar 1,176B por 1A (1/0,85) en vez de los 1,25B que costaba antes. Los 100A que aportó la persona que compró las LIBRAS equivalentes, lo que tiene, de verdad, es 40A y 75B. Pero ahora los 75B ya no son 60A, sino que, con la nueva cotización de B, esos 75B equivalen a 63,75A. Es decir, ahora, el que compró libras por 100A, recibirá 103,75A. Es de notar que mientras B ha subido un 6,25%, de 0,8 a 0,85, L ha subido sólo un 3,75%, que es el 60% de la subida de B. No podría ser de otra manera si B tiene un peso del 60% en L. Es decir, L es menos volátil que B. Si lo que hubiese subido un 6,25% hubiese sido A en vez de B, entonces, L hubiese subido un 2,5% (6,25x0,4). ES decir, L es también menos volátil que A. Para alguien que quiere especular, la volatilidad es una oportunidad de ganar dinero (o de perderlo) y, si tiene confianza en su análisis de las posibles subidas, puede ganar más. Pero si vemos LIBRA como una moneda a la que se le debe pedir estabilidad, ocurre que es más estable que cualquiera de las divisas que la forman. No podría ser de otra manera, esta es la base en la que se apoya la diversificación.  

(1) Hace unas líneas dije que tal vez, precisamente por no entender lo anterior se podría entender mejor la conclusión. Efectivamente, quien no lo haya entendido, entenderá mejor la estabilidad que ofrece LIBRA como divisa y la inmensa complejidad que la introducción de LIBRA introduciría en la ejecución de la política monetaria de cada país.

Ni que decir tiene que todo esto se complica todavía muchísimo más si suponemos que las monedas fuertes en las que se invierta fuesen una media docena y aquellas con las que se pueda comprar LIBRA fuesen todas las del mundo. Por supuesto, a pesar de esta inmensa complejidad, los BC’s de cada país siguen teniendo las herramientas para equilibrar SU propia política monetaria. Pero los sistemas, la información y la organización para el uso de esas herramientas serían un auténtico quebradero de cabeza para los BC’s. Como dije en las páginas que escribí para describir LIBRA y ver si pudiera llegar a convertirse en una revolución en la lucha contra la pobreza, este quebradero de cabeza que produciría en los BC’s del mundo, podría ser uno de los principales frenos para lograr ese objetivo de su misión.


[1] Cuando se habla del tipo de interés básico de la economía, normalmente se está refiriendo a los prestamos hechos sin ningún tipo de riesgo. Si un banco presta dinero a un particular para que se compre un coche, es evidente que no le presta al tipo de interés de riesgo 0, sino a uno mayor, tanto mayor cuanto más riesgo tenga el préstamo.
[2] En Europa, en estos momentos, vivimos una situación anómala, que sin embargo no parece que sea circunstancial y momentánea, que es que el tipo de interés real es negativo y la inflación tan baja que el tipo de interés nominal es también negativo. Es decir, tenemos, pongamos, un 1% de inflación, un tipo de interés real negativo de -1,5%, lo que lleva a un interés nominal del -0,5%. Es decir, se supone que quien presta dinero no sólo no cobra intereses, sino que, encima, los paga. De locos.
[3] Ni que decir tiene que los efectos que se van a ver serían irrelevantes si la masa de LIBRA fuese un 1% de la M1 de las divisas fuertes. Pero si LIBRA tuviese éxito y superase, por ejemplo, el 10% de la M1 de esas divisas, su efecto empezaría a ser apreciable.
[4] Véase el escrito de la semana pasada sobre LIBRA
[5] Esta composición todavía no está definida, pero la Asociación LIBRA deberá definirla con precisión antes del lanzamiento de dicha moneda virtual. Una vez definida esa composición, variarla es algo tremendamente delicado, ya que tendría un efecto inmediato sobre el valor de LIBRA y se prestaría a manipulación. Por eso LIBRA deberá establecer unas normas muy claras que establezcan que sólo en situaciones muy espaciales y muy justificadas se llevará a cabo una variación en la composición de la RL.
[6] El precio inicial de LIBRA respecto a la moneda A se fija en el momento de la primera transacción y es irrelevante. Supongamos que la descrita más arriba es la primera transacción y se decide eso, que L cueste 1,1A. Al que ha aportado los 100A se le darían 90,91L. Tiene 90,91L que valen exactamente 100A (90,91x1,1). Veamos ahora que pasa si en esa primera transacción se decidiese que L costase 0,5A en vez de 1,1A. En se primera transacción al comprador de LIBRA se le darían 200L que, a su valor de 0,5A, serían, también exactamente, 100A (125x0,5). ¿Habría alguna diferencia entre una y otra decisión? Por supuesto, una vez decidido un precio inicial, eso ya no se toca. El precio de LIBRA dependería sólo de las fluctuaciones de las monedas A y B, como veremos más adelante.

19 de enero de 2020

¿De quién son los hijos?


Este gobierno ha iniciado –o, más bien, ha recrudecido– la guerra para lograr el control ideológico de las mentes a través del adoctrinamiento. Recientemente se ha iniciado una batalla importante en esta guerra. Empezó hace unos meses cuando en la CCAA de Murcia se implantó el llamado “pin parental” que permite a los padres vetar que se adoctrine a sus hijos en la ideología LGTBI –y suma u sigue de siglas–. Parece que Madrid y Andalucía, van a intentar seguir esa misma vía. Por supuesto, esto es algo que la izquierda totalitaria disfrazada no puede permitir y su virulenta reacción no se ha dejado esperar. El siguiente movimiento de la batalla, lo ha lanzado la ministra de educación, Isabel Celaá, avisando de que llevará a los tribunales el pin parental. La frase que más ha llamado la atención es la de que “los hijos no pertenecen a los padres”. Por supuesto, la cosa es mucho más profunda pero, antes de seguir conviene detenerse antes sobre esta frase.

Es evidente que los hijos no pertenecen a los padres. Ningún ser humano pertenece a ningún otro, pero mucho menos al estado. La época de la esclavitud ya ha terminado pero si sometemos a los niños al rodillo ideológico del estado, tal vez no haya esclavitud, pero sí un totalitarismo de las conciencias que, por supuesto, se traducirá en un totalitarismo político. Las palabras de la ministra son mucho más sutiles y más maquiavélicas de lo que puedan parecer. Es evidente que un padre no puede decidir por su hijo que no vaya a ninguna escuela, ni que no aprenda matemáticas, ciencias, lengua o historia. Pero sí que puede decidir, hasta que su hijo sea mayor, que educación ética, religiosa o filosófica quiere para él. Esto se llama, simplemente, LIBERTAD. El estado puede y debe asegurarse que en aquellas cosas que no forman parte del espacio de la libertad de enseñanza, la formación sea igual para todos. Sólo hay un teorema de Pitágoras, sólo hay una ley de la gravedad, no se puede enseñar que no existen los adjetivos o que no existió el holocausto. Son cosas objetivas e incontrovertibles. Pero los padres sí pueden, deben y tienen la obligación –y el derecho– de decidir sobre multitud de cosas sobre las que no hay nada incontrovertible. Y en esa multitud de cosas entran la ética y la religión. Por supuesto, también en estas cosas hay un límite. Nadie puede enseñar una ética en la que matar a un ser humano sea algo bueno –cosa que se hace con el aborto–, ni una religión que dijese que robar es bueno. Pero, salvadas estas aberraciones, los padres, hasta que sus hijos sean mayores, tienen derecho sobre cómo quieren educar a sus hijos en estas cuestiones. Y tienen ese derecho en nombre de la libertad. Y lo tienen aunque tal vez puedan equivocarse. Porque la libertad asegura que las equivocaciones sean individuales y no manipuladas desde el omnímodo poder del estado. La libertad es el único antídoto contra la dictadura. La ministra, maquiavélicamente, ha llevado el foco de atención a una frase, que puede ser defendible para la educación en cuestiones incontrovertibles, para desviar el foco del auténtico fondo de su mensaje. La izquierda quiere acabar con la libertad.

La ministra ha avisado que llevará la cuestión a los tribunales. Y mezcla este aviso con afirmaciones falsas que quiere hacer pasar por verdaderas. Afirma que el pin parental socava el derecho de los niños a ser educados, que censura la actuación de los centros docentes y su profesorado, lo equipara con una objeción de conciencia, que contradice la Convención sobre los Derechos del Niño y otras leyes como la de violencia de género, etc. Sé que mi sutileza para buscar las vueltas y las interpretaciones extrañas a los textos legales, como tan a menudo se hace, es muy limitada, pero sé leer y leo.

La Constitución Española dice en su artículo 27, puntos 1, 2 y 3:
1.   Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2.   La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

El artículo 10.2 de la Constitución dice:

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Así pues, conviene ir a esas fuentes.

La Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU, dice en su artículo 26.3:

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, también de la ONU, estipula en su artículo 18.4:

4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, en su artículo 13.3 establece:

3. Los Estados Partes del siguiente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Por último, la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE dispone, en su artículo 14.3:

3. Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios democráticos, así como del derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.

A la vista de esto, parece meridianamente claro que tanto la Constitución española como los diferentes tratados de la ONU y de UE que tratan este asunto, dan como prioritario el derecho de los padres a elegir la formación ética y religiosa que quieren dar a sus hijos. Por supuesto que hay quien se pueda agarrar para negar esta evidencia, como a un clavo ardiendo, a tres párrafos que pueden leerse en estas fuentes legales. El primero es el punto 2 del artículo 27 de la Constitución:
2.     La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

El segundo es el párrafo que a continuación señalo en negrita del punto 3 del artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU:

3. Los Estados Partes del siguiente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Así como del también señalado con negrita en el punto 3 del artículo 14 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE:

3. Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios democráticos, así como del derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.

El gobierno izquierdista actual se agarra, efectivamente, como a un clavo ardiendo, a estas frases que lee de forma tergiversada y fuera de contexto. Es cierto que las leyes de adoctrinamiento se han elaborado según las normas democráticas, pero el punto citado de la Constitución española y de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE se refiere a que el contenido de la enseñanza respete los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Pretender que el hecho de que unos padres no quieran que a sus hijos se les adoctrine en una ideología de género que, a todas luces va contra sus convicciones morales y religiosas, implica que éstos no respetan los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, es una burda manipulación. Por otro lado, la educación en materia de ideología de género puede estar, según la letra de la ley, dentro de las exigencias mínimas prescritas y aprobadas por el Estado en materia de enseñanza en sus planes de educación, pero está en flagrante contradicción con la libertad educativa garantizada por la Constitución y por los tratados internacionales suscritos por España. Que unos padres no quieran que su hijo sea adoctrinado en la ideología de género no implica, ni siquiera muy remotamente, que no fomenten el respeto a la diversidad de cualquier tipo y, muchísimo menos, que inciten al odio y la violencia hacia el que es distinto. Pretender agarrarse a esto para actuar jurídicamente contra el pin parental, cuyo derecho está tan explícitamente expresado en todos los cuerpos legales, es, sencillamente, ridículo. Pero, precisamente por eso, este gobierno, para aplastar las libertades individuales bajo el peso de un estado opresor, necesita imperiosamente someter al poder judicial. Ya ha empezado por la Fiscalía General de Estado. Veremos cuál es el siguiente paso.

Así pues, cierto, los hijos no pertenecen a los padres. Por supuesto, mucho menos al estado. Pero los padres sí son los que tienen el derecho a elegir la formación de sus hijos en las materias que no son cuestiones incontrovertibles, siempre que no inciten al odio ni a ningún tipo de discriminación. Sería algo aberrante presumir que por no querer para sus hijos la educación en ideología de género se concluyese que les incitan al odio al que es distinto.

El mes pasado empecé a leer un libro de Schopenhauer con el título de “El arte de tener razón”. En él se exponen 38 estratagemas para llevarse la razón en una discusión de cualquier tipo. Las llama así, estratagemas, porque deja claro que no son estrategias para defender la verdad, sino para llevarse la razón. De hecho, el traductor distingue entre el término alemán Recht haben, que traduce por tener razón, en el sentido de haber mostrado la veracidad de los postulados, y el término Recht behalten que traduce por llevarse la razón, en el sentido de triunfar en la discusión, aunque sea contra lo que es verdadero. Schopenhauer no pretende dar argumentos para tener razón, sino para llevársela. En sus intenciones explica, sin tomar partido, que lo mismo puede servir para el éxito del sofista que para el desenmascaramiento de éste por parte del que busca la verdad. Es en este sentido en el que yo voy a usar uno de ellos. El libro que empieza prometiendo un gran interés, pero a partir de la cuarta o quinta estratagema, se pierde en aspectos más anecdóticos que importantes. Por eso abandoné su lectura. Sin embargo, en las primeras estratagemas, explica claramente, la seguida por la ministra Celaá. Se trata de poner en boca del oponente una tesis falsa –en este caso sería “los hijos pertenecen a los padres”– para dar como verdadera una tesis contradictoria con la primera que es, también, falsa. En este caso sería: “Por lo tanto, el estado tiene derecho a definir todos los aspectos de la educación de los hijos, incluso los ideológicos o los falsos y contraproducentes”. Por tanto, no nos dejemos envolver en esa dialéctica. No, los hijos no pertenecen a los padres, pero mientras sean menores, el derecho a elegir su formación en todos los aspectos morales y religiosos les pertenece plenamente, por supuesto, siempre que no les eduquen en el odio y la violencia. Y si las leyes aprobadas, aunque lo sean democráticamente, van contra este derecho de los padres, que es natural y está, además, reflejado en todos los cuerpos de derecho positivo, la iniciativa legal debe ser de los padres para defender ese derecho y pedir la nulidad de esas leyes. No es una cuestión baladí. Este tema es una piedra de toque. Lo que se defiende con él es, nada menos, la LIBERTAD PERSONAL, frente al estado totalitario. Vivir en un estado apisonadora o ser ciudadanos libres depende de que seamos capaces de enfrentarnos con ese estado al principio. Luego, puede ser tarde. El momento es AHORA.

Por eso piso que se firme la siguiente petición: